
Una guía completa para quienes poseen una propiedad en España pero viven en el extranjero.
Los propietarios no residentes en España se enfrentan a una estructura fiscal conocida, pero 2025 trae cambios importantes, especialmente para los alquileres de corta duración. Dos períodos de declaración marcan el próximo año, mientras que un nuevo registro de alquileres cambia la forma en que las propiedades turísticas pueden anunciarse en las plataformas digitales.
Si posee una propiedad en España pero no es residente fiscal, su propiedad se considera un activo que genera obligaciones fiscales, tanto si la alquila como si no. Los tres tipos de declaración más habituales son:
Aunque nunca alquile su propiedad, la legislación española considera que genera una renta ficticia que debe declararse y tributar anualmente.
Si alquila su propiedad, ya sea a corto plazo, a largo plazo o una combinación de ambos, sus ingresos por alquiler deben declararse.
Cuando venda su propiedad, cualquier ganancia debe declararse, aunque el comprador ya haya practicado la retención del 3 %. La declaración debe presentarse a más tardar cuatro meses después de la venta.
A partir de 2025, todos los ingresos por alquiler se declararán mediante una única presentación anual en enero del año siguiente. Esto sustituye al anterior sistema trimestral.
Para los ingresos obtenidos en 2025, el período de presentación es del 1 al 20 de enero de 2026.
Todas las propiedades de alquiler turístico y de corta duración se incluyen ahora en un registro central: el Registro Único de Alquileres.
Requisitos clave:
Si alquila su vivienda, los datos de su licencia deben ser exactos y estar actualizados en todas las plataformas.
La presentación fuera de plazo puede acarrear sanciones, intereses y recargos adicionales de la Agencia Tributaria española (AEAT).
La renta imputada se basa en el valor catastral de la propiedad:
Este importe calculado tributa después según el estatus de residencia del propietario.
No declarar puede tener consecuencias importantes:
En los últimos años, la AEAT ha intensificado los controles, sobre todo mediante cruces automáticos con el registro de la propiedad y las plataformas digitales de alquiler.
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